Art. Quinta
En vigor desde 16 dic 2012
Además de cumplir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta Orden y a los específicos incluidos en cada convocatoria que les sean de aplicación, las subvenciones y ayudas deberán ajustarse asimismo a las modalidades que se establecen a continuación:
1. Ayudas a federaciones deportivas españolas para:
a) Gastos de programas deportivos de funcionamiento e infraestructuras así como material deportivo para las mismas.
b) Compensación de los gastos incurridos por la participación de sus miembros en organismos deportivos internacionales.
c) Financiación de los gastos de organización de competiciones.
d) Organización en España de campeonatos deportivos internacionales de carácter oficial.
e) Para llevar a cabo acciones que contribuyan al desarrollo del deporte de alto nivel y a la detección de talentos deportivos.
f) Para fomentar el desarrollo del deporte femenino, prioritariamente de alta competición.
g) Otras que establezca la convocatoria correspondiente dentro de las competencias del Consejo Superior de Deportes.
Las federaciones deportivas españolas, como requisito específico para poder percibir subvenciones, deberán tener aprobado el Código de Buen Gobierno y su desarrollo.
2. Ayudas a Comunidades Autónomas para:
a) Gastos de construcción o adaptación de infraestructuras y suministros de equipamiento deportivo de centros de alto rendimiento o de tecnificación deportiva.
b) Gastos de funcionamiento: gastos corrientes, desplazamientos, pagos a técnicos (entrenadores, fisioterapeutas, tutores, etc.) y todos los contemplados en la gestión de centros de alto rendimiento o de tecnificación deportiva.
c) Desplazamientos de deportistas desde territorio español no peninsular a competiciones oficiales de ámbito estatal organizadas por las federaciones deportivas españolas, celebradas en territorio nacional peninsular.
d) Actividad deportiva en edad escolar y en la universidad.
e) Gastos de organización de campeonatos escolares y universitarios.
f) Programas cofinanciados de dotación de infraestructuras deportivas en centros escolares.
g) Actualización del censo de instalaciones deportivas.
h) Otros gastos y actividades que se determinen en resolución de convocatoria.
3. Ayudas a corporaciones locales para dotación o adaptación de instalaciones deportivas y equipamiento y otros planes y gastos para los que se habilite dotación presupuestaria dentro de las competencias del Consejo Superior de Deportes.
4. Ayudas a entidades de promoción deportiva para fomentar la práctica deportiva.
5. A Universidades y otras entidades para:
a) A Universidades y entidades públicas para: Fomento de actividades deportivas de carácter universitario y mejora de instalaciones deportivas.
Programas de apoyo científico al deporte y actividades afines. Actividades estatales de deporte universitario.
b) A Universidades privadas para actividad oficial de deporte universitario de ámbito estatal y programas de apoyo científico al deporte y actividades afines.
c) A asociaciones, agrupaciones de interés deportivo y otras instituciones sin fines de lucro para actividades y equipamiento así como para la organización de actos científicos, publicaciones periódicas y realización de estudios en áreas de interés deportivo prioritario en el ámbito de las ciencias del deporte.
6. Otras subvenciones y ayudas:
a) Becas y ayudas a familias para investigación deportiva de interés estatal.
b) Ayudas para promover medidas contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
c) Ayudas para fomentar la investigación de la protección de la salud de los deportistas.
d) Ayudas para prevenir el dopaje en el deporte.
e) Ayudas para actividades deportivas del personal funcionario del Consejo Superior de Deportes.
f) Otras subvenciones y ayudas no incluidas en esta relación que sean convocadas por el Consejo Superior de Deportes.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2012/12/12/ecd2681#quinta