Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 19

En vigor desde 18 oct 2016
El procedimiento de acceso se estructurará en tres fases: a) En la primera fase la UNED analizará la documentación presentada por el candidato y comprobará la concurrencia de los requisitos generales establecidos para poder participar en el procedimiento. b) En la segunda fase la UNED procederá a la valoración de los méritos aportados por el candidato de acuerdo con los criterios de acreditación y ámbito de la experiencia laboral y profesional, recogidos en la memoria de verificación del título de Grado al que solicita el acceso. c) En la tercera fase la UNED procederá a la realización de una entrevista personal, a la que sólo concurrirán quienes superen las dos primeras fases del procedimiento.
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eli/es/o/2016/10/11/ecd1663#art-19

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