Art. 5
En vigor desde 9 feb 2018
Los cursos que se homologuen, además de anotarse en el documento 7 como obtenidos fuera del ámbito de las Fuerzas Armadas, se anotarán en el documento 3 o 4, según corresponda, con la denominación que figura en el registro de centros, cursos y títulos (RECECUT), especificando «por homologación» y conllevará las mismas ventajas y servidumbres que el curso al que se homologa.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2018/01/11/def24#art-5