Secc. Sección tercera. Personal de la Orquesta

Art. 20

En vigor desde 12 oct 1995
Son Ayudas de Solistas o Primeras Partes, los Pro­fesores que ocupan el lugar inmediato a los Solistas, a los que suplirán, cuando sea necesario, estando obli­gados, cuando lo requiera la programación, a tocar los restantes instrumentos de la misma familia, excepto los que requieran una especialización. Son Tutti el resto de los Profesores.
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eli/es/o/1995/10/04/(1)#art-20

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