Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª Cooperativas de transportistas y sociedades de comercialización
Art. Disposición adicional segunda
En vigor desde 7 jul 2001
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria única de la Orden de 26 de junio de 2001. Ref. BOE-A-2001-13053 .
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2000/04/04/(1)#disposicion-adicional-segunda