Capítulo CAPÍTULO I
Art. 3
En vigor desde 25 may 2001
El Consejo General de Colegios Oficiales de Biólogos se relaciona con la Administración General del Estado a través del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, sin perjuicio de poder hacerlo también a través de otro Departamento ministerial en razón de la materia de que se trate.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/2001/05/14/(2)#art-3