Art. Primero
En vigor desde 25 may 2001
Publicar en el «Boletín Oficial del Estado» los Estatutos Provisionales del Consejo General de Colegios Oficiales de Biólogos, que figuran como anexo a esta Orden.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2001/05/14/(2)#primero