Capítulo CAPÍTULO III
Art. 11
En vigor desde 26 dic 2017
Será necesaria la aprobación por mayoría cualificada de ocho votos a favor de los vocales de la Junta Directiva para la aprobación o modificación de los Estatutos, del Pliego de Condiciones o del Manual de Calidad.
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Proeli/es/o/2017/12/13/apm1274#art-11