Capítulo CAPÍTULO II

Art. 11

En vigor desde 6 dic 2001
En la reunión ordinaria del primer semestre del año, el Consejo procederá prioritariamente a: a) Recibir cuenta de las actividades relevantes de la Junta de Gobierno durante el año anterior. b) Aprobar las cuentas de ingresos y gastos del año anterior tras la presentación del estado de fondos por el Tesorero. c) Aprobar la memoria correspondiente al año anterior y autorizar su publicación y difusión. d) Establecer las cuantías de las prestaciones para el siguiente curso escolar. En la reunión ordinaria del segundo semestre del año se procederá prioritariamente a aprobar el presupuesto para el año siguiente.
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eli/es/o/2001/11/20/241#art-11

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