Título TÍTULO PRIMERO›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección XVII. Reglas generales de procedimiento en materia electoral
Art. Artículo ciento veinte
En vigor desde 21 jun 1985
En todo lo no expresamente regulado por esta Ley en materia de procedimiento será de aplicación la Ley de Procedimiento Administrativo.
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Proeli/es/lo/1985/06/19/5#articulo-ciento-veinte