Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Disposiciones generales
Art. 21
En vigor desde 17 nov 2020
La responsabilidad por las infracciones cometidas recaerá directamente en los sujetos obligados que, por acción u omisión, realizaran la conducta en que consista la infracción.
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Proeli/es/lo/2020/09/16/1#art-21