Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Infracciones

Art. 26

En vigor desde 17 nov 2020
Constituyen infracciones muy graves: a) La falta de remisión de los datos PNR, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1 y 2, cuando se haya generado un riesgo grave para la seguridad ciudadana, la vida o la integridad física de las personas. b) La falta de remisión de los datos PNR, conforme a los formatos y protocolos a los que se refiere el artículo 9.4, cuando se haya generado un riesgo grave para la seguridad ciudadana, la vida o la integridad física de las personas. c) En caso de requerimiento previo, la falta de remisión de los datos PNR o la remisión fuera del plazo concedido al efecto, cuando se haya generado un riesgo grave para la seguridad ciudadana, la vida o la integridad física de las personas. d) La falta de transmisión de los datos PNR a la UIP en los supuestos a los que se refiere el artículo 10.3.
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eli/es/lo/2020/09/16/1#art-26

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