Capítulo CAPÍTULO II
Art. 8
En vigor desde 16 jun 2016
Además de las que le correspondan en cuanto miembro del Consejo, la Secretaría realizará las siguientes funciones:
a) Ostentar la jefatura del personal del Consejo, incluida la potestad disciplinaria.
b) Estudiar y preparar la documentación necesaria para las sesiones del Consejo.
c) Levantar acta de las sesiones del Consejo.
d) Ser el órgano de certificación y comunicación del Consejo.
e) Las restantes funciones que se determinen en el Reglamento orgánico.
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Proeli/es-nc/lf/2016/06/09/8#art-8