Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª Incentivos fiscales
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 27 may 2014
El Gobierno de Navarra desarrollará una aplicación informática que facilite el mecenazgo cultural, de manera que, a través de un enlace desde la página web del Gobierno de Navarra, se puedan realizar de forma electrónica donaciones a las personas o entidades que desarrollen actividades y proyectos que hayan sido declarados de interés social con arreglo a esta ley foral.
El titular del departamento competente en materia de Hacienda regulará mediante orden foral las características y funcionalidades de la mencionada aplicación informática.
La aplicación habilitará un sistema que permita la obtención del correspondiente certificado acreditativo y con validez ante la Hacienda navarra a efectos de obtener los beneficios previstos en esta ley foral.
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Proeli/es-nc/lf/2014/05/16/8#disposicion-adicional-cuarta