Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª Incentivos fiscales
Art. Disposición adicional cuarta
24 / 35En vigor desde 27 may 2014
El Gobierno de Navarra desarrollará una aplicación informática que facilite el mecenazgo cultural, de manera que, a través de un enlace desde la página web del Gobierno de Navarra, se puedan realizar de forma electrónica donaciones a las personas o entidades que desarrollen actividades y proyectos que hayan sido declarados de interés social con arreglo a esta ley foral.
El titular del departamento competente en materia de Hacienda regulará mediante orden foral las características y funcionalidades de la mencionada aplicación informática.
La aplicación habilitará un sistema que permita la obtención del correspondiente certificado acreditativo y con validez ante la Hacienda navarra a efectos de obtener los beneficios previstos en esta ley foral.
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Proeli/es-nc/lf/2014/05/16/8#disposicion-adicional-cuarta