Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 4.ª Incentivos fiscales

Art. 19

En vigor desde 31 dic 2015
Los beneficios fiscales regulados en esta ley foral serán incompatibles, para los mismos importes, con los establecidos en la Ley Foral 10/1996, de 2 de julio, reguladora del régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio. Se modifica, con efectos para periodos impositivos que se iniciena a partir de 1 de enero de 2016, por el de la Ley Foral 23/2015, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-573 .

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eli/es-nc/lf/2014/05/16/8#art-19

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