Título TÍTULO VI

Art. 46

En vigor desde 22 feb 2003
La Administración de la Comunidad Foral fomentará el asociacionismo dentro del sector turístico, tanto en el ámbito público como privado, al objeto de concentrar sus esfuerzos y coordinar sus actuaciones.
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eli/es-nc/lf/2003/02/14/7#art-46

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