Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO II

Art. 120

En vigor desde 1 abr 2001
Constituye el hecho imponible de la tasa la emisión de informes de carácter facultativo cuando se efectúen a instancia de las personas físicas o jurídicas interesadas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-nc/lf/2001/03/27/7#art-120

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil