Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 3.ª Medios de ejecución
Art. Disposición adicional única
En vigor desde 5 abr 2007
La Administración de la Comunidad Foral de Navarra creará una comisión en materia de sanidad vegetal con la composición y funciones que se determinen reglamentariamente.
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Proeli/es-nc/lf/2007/03/23/4#disposicion-adicional-unica