Capítulo CAPÍTULO III

Art. 10

En vigor desde 25 nov 2002
1. La gestión del Sistema de Bibliotecas Públicas de Navarra se fundamenta en los principios básicos de la descentralización de la gestión por áreas geográficas y de la gestión participativa y de evaluación de la biblioteca y de sus servicios. 2. Las bibliotecas públicas, con el objeto de facilitar su evaluación, elaborarán anualmente una Memoria que refleje los principales datos de su actividad y funcionamiento y las previsiones para el año siguiente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-nc/lf/2002/11/19/32#art-10

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil