Capítulo CAPÍTULO II

Art. 8

En vigor desde 18 dic 2010
Los Jefes de los Servicios Asistenciales de Área son los responsables de la dirección de los servicios y de las actividades sanitarias y técnico-asistenciales de su área correspondiente, bajo la dependencia del Director de Salud Mental.
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eli/es-nc/lf/2010/12/13/21#art-8

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