Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª Recursos de las entidades locales de Navarra

Art. 8

En vigor desde 1 ene 1996
La Comunidad de Bardenas Reales, la Comunidad del Valle de Aezkoa, la Mancomunidad del Valle del Roncal, la Universidad del Valle de Salazar y el resto de las corporaciones de carácter tradicional administradoras de bienes comunales contarán con los recursos previstos en los Reglamentos, Ordenanzas, Convenios, Acuerdos, Sentencias o Concordias que tengan legalmente establecidos.
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eli/es-nc/lf/1995/03/10/2#art-8

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