Título TÍTULO X
Art. 33
En vigor desde 11 jul 2019
Las Administraciones local y autonómica deberán destinar los ingresos procedentes de las sanciones por las infracciones de la presente ley foral a actuaciones que tengan por objeto el fomento de la protección de los animales en los términos que se desarrollen reglamentariamente.
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Proeli/es-nc/lf/2019/04/04/19#art-33