Libro LEY FORAL DE LA CÁMARA DE COMPTOS DE NAVARRATítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 18

En vigor desde 26 dic 1984
La Asesoría Jurídica estará constituida por los Letrados de la Cámara y tendrá como labor fundamental el asesoramiento e informe al Presidente en materias de contenido jurídico.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-nc/lf/1984/12/20/19#art-18

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil