Título TÍTULO V

Art. 40

En vigor desde 16 abr 2015
Corresponde a la Cámara de Comptos, de conformidad con su normativa reguladora, la fiscalización de los fondos públicos que perciba la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Navarra, sin perjuicio de las facultades generales de control que corresponden al Tribunal de Cuentas.
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eli/es-nc/lf/2015/04/10/17#art-40

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