Título TÍTULO III
Art. 32
En vigor desde 30 abr 2013
El horario de apertura y cierre de los establecimientos comerciales en días laborables, con una jornada comercial máxima de 15 horas, serán fijados libremente por cada comerciante, todo ello sin perjuicio de los derechos reconocidos a los trabajadores en el régimen laboral.
El horario global en el que los comercios podrán desarrollar su actividad durante el conjunto de días laborables de la semana no podrá superar las noventa horas, ajustándose igualmente a la normativa laboral.
Se modifica por el de la Ley Foral 15/2013, de 17 de abril. Ref. BOE-A-2013-5624 . Se modifica por el art. único.1 del Decreto-ley Foral 1/2012, de 21 de noviembre. Ref. BOE-A-2012-15390 . Téngase en cuenta que el citado Decreto-ley Foral fue derogado por Acuerdo de 21 de diciembre de 2012. Ref. BOE-A-2013-796 . Se modifica por el .6 de la Ley Foral 6/2010, de 6 de abril. Ref. BOE-A-2010-8422 .
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2001/07/12/17#art-32