Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 64
En vigor desde 1 ene 2008
Las operaciones de endeudamiento deberán ser autorizadas por Ley Foral. A tal efecto, la Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra establecerá el límite de endeudamiento de cada ejercicio presupuestario.
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Proeli/es-nc/lf/2007/04/04/13#art-64