Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 31 dic 2017
El Gobierno de Navarra promoverá la firma de convenios con entidades locales con el objetivo de regular la cooperación con las entidades locales que desarrollan programas orientados al uso y promoción del euskera en el ámbito municipal. En los convenios se establecerán los términos de las ayudas de carácter técnico, de planificación, de coordinación y, en su caso, el régimen de financiación. Un decreto foral regulará los términos de la cooperación, las actividades que se incluyen en la cooperación y las ayudas que concederá el Gobierno de Navarra. Las ayudas económicas se concederán mediante una convocatoria anual.
Se añade por la disposición adicional 12.3 de la Ley Foral 20/2017, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-805
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Proeli/es-nc/lf/2005/11/09/11#disposicion-adicional-cuarta