Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final única

En vigor desde 4 dic 2005
1. Se faculta al Gobierno de Navarra para desarrollar reglamentariamente el contenido de esta Ley Foral 2. Los importes que la presente Ley Foral señala como límites para la aplicación de diferentes requisitos o condiciones podrán ser actualizados por el Gobierno de Navarra.
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eli/es-nc/lf/2005/11/09/11#disposicion-final-unica

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