Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3ª. Indemnizaciones y otras retribuciones especiales
Art. 20
En vigor desde 22 feb 2003
El personal funcionario y el estatutario adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea percibirá la ayuda familiar establecida con carácter general para los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y en las condiciones establecidas para los mismos.
Se modifica por el de la Ley Foral 4/2003, de 14 de febrero. Ref. BOE-A-2003-5699 .
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/1992/10/20/11#art-20