Título TÍTULO V

Art. 26

En vigor desde 19 abr 2026
La Comisión de Seguimiento se regirá por lo dispuesto en la legislación de régimen jurídico del Principado de Asturias y supletoriamente por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo referente a los órganos colegiados.
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eli/es-as/l/2026/03/18/1#art-26

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