Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional novena
En vigor desde 19 feb 2021
La gestión y administración de los bienes semovientes se regirá por su normativa específica, aplicándose de forma subsidiaria las normas previstas en esta ley para los bienes muebles, en lo que sea compatible con su naturaleza.
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Proeli/es-cm/l/2020/11/06/9#disposicion-adicional-novena