Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 131
En vigor desde 19 feb 2021
La representación de la Administración regional ante las sociedades mercantiles en las que participe de forma directa y el ejercicio de los derechos inherentes a su condición de socio, corresponden al titular de la consejería competente en materia de hacienda. Estas facultades podrán ser objeto de delegación, con el alcance y extensión que se determine.
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Proeli/es-cm/l/2020/11/06/9#art-131