Capítulo CAPÍTULO II
Art. 24
En vigor desde 23 ago 2007
1. El patrimonio del Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña está constituido por los bienes adscritos y los bienes y derechos propios de cualquier naturaleza que adquiera por cualquier título.
2. Los bienes adscritos conservan su calificación jurídica originaria. La adscripción no implica la transmisión del dominio ni su desafectación.
3. La gestión del patrimonio se rige por la legislación general de la empresa pública catalana y por la legislación de patrimonio de la Generalidad.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2007/07/30/9#art-24