Capítulo CAPÍTULO II

Art. 23

En vigor desde 23 ago 2007
Los recursos económicos del Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña están constituidos por: a) Las dotaciones que le consignen los presupuestos de la Generalidad. b) Los rendimientos de los bienes que le son adscritos y de los que adquiera en el ejercicio de sus funciones. c) Las subvenciones, aportaciones voluntarias y donaciones que le concedan las personas o entidades públicas o privadas. d) Los ingresos que obtenga por la prestación de servicios o actividades en el ámbito de sus competencias. e) Los créditos y los préstamos que le sean concedidos, previa autorización del Departamento de Economía y Finanzas, de acuerdo con la normativa vigente. f) Los demás recursos que le sean atribuidos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2007/07/30/9#art-23

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil