Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 30
En vigor desde 24 jul 2002
La determinación de la composición y funcionamiento, así como la designación de Presidentes de las Comisiones de Trabajo se llevará a cabo mediante acuerdo del Pleno del Consejo.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2002/06/06/9#art-30