Art. 10
En vigor desde 15 dic 2002
El procedimiento de expropiación de los bienes afectados seguirá los trámites establecidos en la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957, en todo caso, por el procedimiento de urgencia.
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Proeli/es-ex/l/2002/11/14/9#art-10