Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 19

En vigor desde 4 jun 1991
Las actas de ocupación y de pago y los actos administrativos de imposición, modificación o extinción forzosa de servidumbre serán título bastante para la inscripción o toma de razón en el Registro de Propiedad y en los demás registros públicos, en la forma y con los efectos previstos en el artículo 53 de la Ley de Expropiación Forzosa.
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eli/es-cn/l/1991/05/08/9#art-19

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