Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
En vigor desde 21 jun 2017
Los objetivos de la presente Ley son:
a) Articular las políticas adecuadas para abordar el hecho emigratorio catalán, con carácter integral y de forma adaptada a las circunstancias sociales y económicas del momento.
b) Prestar apoyo, asistencia y protección a los catalanes residentes en el exterior, sean miembros o no de una comunidad catalana, de conformidad con la legislación vigente.
c) Incorporar a los catalanes en el exterior y las entidades en las que estos se organizan en el diseño y el desarrollo de las distintas políticas sectoriales de la Generalidad cuando estas sean de interés para este colectivo o estén destinadas al mismo.
d) Contribuir al fortalecimiento de las comunidades catalanas y sus entidades, en tanto que vehículos de cohesión y relación entre los ciudadanos catalanes residentes en el exterior, así como entre estos ciudadanos y las instituciones de Cataluña.
e) Fomentar las actuaciones en el ámbito de la proyección exterior, desarrollada tanto por individuos como por entidades, que difundan el conocimiento de la realidad nacional de Cataluña, fundamentalmente en los ámbitos cultural, social, económico y político.
f) Potenciar las relaciones sociales, culturales, económicas y políticas con los países donde existe una importante presencia de ciudadanos catalanes, con sus instituciones y con sus agentes sociales.
g) Favorecer la adopción de vías estables y eficaces de relación recíproca entre las comunidades catalanas en el exterior y Cataluña, tanto con las instituciones públicas como con las entidades privadas.
h) Velar por la consideración, el reconocimiento y la difusión de la labor de las comunidades catalanas en el exterior y de los ciudadanos catalanes en el exterior.
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Proeli/es-ct/l/2017/06/15/8#art-2