Título TÍTULO XI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 28 ene 2011
Las prestaciones, económicas y de servicio, del Sistema Público de Servicios Sociales dirigidas a la atención de situaciones de desprotección infantil se incluirán en la Cartera de Servicios Sociales de ámbito general regulada en la Ley de Cantabria 2/2007, de 27 de marzo, de Derechos y Servicios Sociales.
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Proeli/es-cb/l/2010/12/23/8#disposicion-adicional-primera