Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO ÚNICO›Secc. Sección 1.ª Disposiciones generales
Art. 46
En vigor desde 12 dic 2002
La conselleria competente en materia de agricultura promoverá la constitución de explotaciones agrarias competitivas de dimensiones agronómicas idóneas y los modelos de gestión adecuados que garanticen su futura viabilidad, de acuerdo con las características socioeconómicas y culturales del sector agrario de la Comunidad Valenciana.
Para obtener dichos fines se utilizarán los recursos económicos contemplados por la normativa y programas actuales o futuros que tengan por objeto la consolidación o formación de estas explotaciones y modelos y orientando la utilización de los recursos en función de los fines de cada una de las actuaciones, así como por las características de las explotaciones y de sus titulares.
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Proeli/es-vc/l/2002/12/05/8#art-46