Título TÍTULO IV

Art. Disposición adicional quinta

En vigor desde 1 abr 2003
Se modifica el Decreto Legislativo 1/2000, de 15 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación de Cuerpos y Escalas de la Administración Pública de la Región de Murcia en los siguientes términos: 1. El artículo 2, queda redactado como sigue: «Artículo 2. Escala de Funcionarios. Existen dentro de los Cuerpos Superior Facultativo y Técnico las siguientes Escalas: 1.- Escala Superior de Salud Pública, Escala Técnica Superior y Escala Científica Superior, en el Cuerpo Superior Facultativo. 2.- Escala de Diplomados de Salud Pública, Escala de Arquitectos Técnicos e Ingenieros Técnicos y Escala Científica, en el Cuerpo Técnico». 2. Se adicionan dos párrafos al artículo 5, con la siguiente redacción: «‒ Escala Científica Superior: la redacción, coordinación, ejecución y elaboración de resultados de estudios y proyectos de I+D, así como la formación de Investigadores y Tecnólogos. ‒ Escala Científica: la colaboración en la redacción, ejecución y elaboración de resultados de estudios y proyectos de I+D.»

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BORM-s-2002-90013#disposicion-adicional-quinta

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