Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 4
En vigor desde 1 ene 1997
En el funcionamiento de la Tesorería General del País Vasco rigen los siguientes principios:
a) Puntualidad en la satisfacción de las obligaciones.
b) Máxima seguridad en la situación de fondos y valores y en las operaciones.
c) Centralización de la dirección, sin perjuicio de su gestión descentralizada.
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Proeli/es-pv/l/1996/11/08/8#art-4