Título TÍTULO III
Art. 52
DerogadoEn vigor desde 1 ene 1996
El procedimiento sancionador se tramitará de acuerdo con el título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y con el Reglamento de la Comunidad Autónoma regulador de las actuaciones a seguir en el ejercicio de la potestad sancionadora.
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Proeli/es-ib/l/1995/03/30/8#art-52