Art. 23
En vigor desde 3 mar 2010
El régimen de infracciones y sanciones aplicables a este Impuesto será, con carácter general, el regulado en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y en las disposiciones que la complementen y desarrollen y, con carácter especial, el previsto en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Se modifica por el de la Ley 2/2010, de 1 de marzo. Ref. BOE-A-2010-3366 Esta modificación surte efectos desde el 1 de enero de 2010, según establece la disposición final 4.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1991/03/25/8#art-23