Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª Directrices de programación
Art. 19
En vigor desde 12 may 1987
La Diputación General podrá establecer, por razones de interés general, las obligaciones que se deriven de la naturaleza del servicio público de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión y, oído el Consejo de Administración, hacerlas cumplir.
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Proeli/es-ar/l/1987/04/15/8#art-19