Título TÍTULO VII

Art. Disposición transitoria quinta

En vigor desde 11 sept 2025
Las autorizaciones de vinculación del suministro de medicamentos a centros sociosanitarios y de salud mental continuarán vigentes hasta que se solicite una nueva vinculación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ri/l/2025/09/09/7#disposicion-transitoria-quinta

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil