Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 135

En vigor desde 31 dic 2023
El Consejo Gallego de Relaciones Laborales podrá elaborar códigos orientativos de buenas prácticas o, si así lo decidiera la Presidencia, encargar su elaboración a personas expertas en la materia a que se refiera el código, e igualmente a miembros sin voto de la Comisión Consultiva Autonómica para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Negociación Colectiva.
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eli/es-ga/l/2023/11/30/7#art-135

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