Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 138

En vigor desde 31 dic 2023
Cada organización sindical o asociación empresarial ejercerá sus derechos de participación institucional en cualquier organismo de la Comunidad Autónoma de Galicia con arreglo a criterios de equilibrio entre ambos sexos.
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eli/es-ga/l/2023/11/30/7#art-138

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