Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición adicional sexta
En vigor desde 14 mar 2023
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley, se procederá a la actualización organizativa y funcional del Observatorio Aragonés de la Sociedad de la Información, transformándolo en el órgano participativo necesario para garantizar lo dispuesto en el artículo 37.
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Proeli/es-ar/l/2023/02/23/7#disposicion-adicional-sexta